Acuerdo colectivo en materia de remuneraciones de 27/12/2023

Este acuerdo resultó de vital importancia para la plantilla de Unicaja:

  • Permitió romper la dinámica de relaciones laborales tóxicas a la que nos habían abocado las formas de hacer del anterior CEO.
  • Posibilitó disminuir la brecha salarial externa que padecemos la plantilla de Unicaja respecto al resto del sector.
  • Favoreció a las personas trabajadoras que menos cobran al establecer una mejora lineal de la retribución en forma de Plus.
  • Racionalizó el modelo de clasificación de oficinas.
  • Mejoró complementos funcionales y elimina la injusta compensación y absorción que se venía aplicando hasta ahora.

Mejora universal de las retribuciones

Se establece el llamado ‘Complemento Acuerdo 2023’ con las siguientes características:

  • Tiene carácter anual, universal y no compensable ni absorbible por otros conceptos.
  • Consta de dos partes: una fija (consolidada) y otra variable (no consolidada)

Importes:

  • 1.000 euros brutos fijos a cobrar en diciembre, más una parte variable que se cobraría en abril de acuerdo a lo siguiente:
  • 750 € si el ROTE de Unicaja es igual o mayor del 7%
  • 1.200 € si el ROTE es igual o mayor del 9,5%
  • Una paga de nivel (con un mínimo del nivel XI) si el ROTE de Unicaja es igual o mayor a la media del sector siendo este de, al menos, el 15%.

Nueva clasificación de oficinas

Se establecen 5 clasificaciones de oficinas, lo que permite:

  • Una homogeneidad en la comparativa a la hora de establecer el ranking de puestos que determina los niveles de cada una.
  • El establecimiento de clasificaciones para los nuevos centros que, hasta entonces no estaban clasificados.
  • Clarificar la situación de aquellos centros que no están incluidos en esta clasificación (como es el caso de los Gestores Remotos, que se consideran Servicios Centrales).
  • La nueva clasificación establece los siguientes niveles y porcentajes:
    • Banca Privada (antiguas oficinas Wealth): en el nivel A estará un 20%, en el B, un 30% y en el C, el restante 50%
    • Oficinas de Empresas: en el nivel A habrá un 10%, en el B, un 20% y en el C el 70% restante.
    • Oficinas Flagship: en el niel A habrá un 20%, en el B, un 30% y en el C, el 50% restante.
    • Centros Hipotecarios (inluídos los API`s): en el nivel A habrá un 10%, en el B, un 20% y en el C el 70% restante.
    • Resto de centros (Urbanas, Rurales y Personal Banking): Se mantienen los actuales porcentajes en los niveles A (1%), B (5%), C (7%), D (13%), E (18%), F (22%), G (34%)

Complementos funcionales

  • Se incrementan los importes de los complementos funcionales (ver complementos aquí)
  • Se elimina la injusta compensación y absorción que se venía produciendo anteriormente, caso de que la categoría de la persona que ocupara el puesto de dirección o subdirección tuviese una categoría superior a la de la oficina. Esto era una demanda histórica que, por fin, conseguimos con la firma de este acuerdo.
  • Para los nombramientos de 2º responsable de la oficina será necesaria, a partir de ahora, la aceptación de la persona propuesta (antes, te nombraban sí o sí).