Este acuerdo resultó de vital importancia para la plantilla de Unicaja:
- Permitió romper la dinámica de relaciones laborales tóxicas a la que nos habían abocado las formas de hacer del anterior CEO.
- Posibilitó disminuir la brecha salarial externa que padecemos la plantilla de Unicaja respecto al resto del sector.
- Favoreció a las personas trabajadoras que menos cobran al establecer una mejora lineal de la retribución en forma de Plus.
- Racionalizó el modelo de clasificación de oficinas.
- Mejoró complementos funcionales y elimina la injusta compensación y absorción que se venía aplicando hasta ahora.
Mejora universal de las retribuciones
Se establece el llamado ‘Complemento Acuerdo 2023’ con las siguientes características:
- Tiene carácter anual, universal y no compensable ni absorbible por otros conceptos.
- Consta de dos partes: una fija (consolidada) y otra variable (no consolidada)
Importes:
- 1.000 euros brutos fijos a cobrar en diciembre, más una parte variable que se cobraría en abril de acuerdo a lo siguiente:
- 750 € si el ROTE de Unicaja es igual o mayor del 7%
- 1.200 € si el ROTE es igual o mayor del 9,5%
- Una paga de nivel (con un mínimo del nivel XI) si el ROTE de Unicaja es igual o mayor a la media del sector siendo este de, al menos, el 15%.
Años sucesivos: los importes anteriores incrementados en lo que establezca de subida el Convenio Colectivo.
( Parte fija 2026, 1060,90€) (Parte variable 2026, 772,50€, 1236,00€)
Nueva clasificación de oficinas
Se establecen 5 clasificaciones de oficinas, lo que permite:
- Una homogeneidad en la comparativa a la hora de establecer el ranking de puestos que determina los niveles de cada una.
- El establecimiento de clasificaciones para los nuevos centros que, hasta entonces no estaban clasificados.
- Clarificar la situación de aquellos centros que no están incluidos en esta clasificación (como es el caso de los Gestores Remotos, que se consideran Servicios Centrales).
- La nueva clasificación establece los siguientes niveles y porcentajes:
- Banca Privada (antiguas oficinas Wealth): en el nivel A estará un 20%, en el B, un 30% y en el C, el restante 50%
- Oficinas de Empresas: en el nivel A habrá un 10%, en el B, un 20% y en el C el 70% restante.
- Oficinas Flagship: en el niel A habrá un 20%, en el B, un 30% y en el C, el 50% restante.
- Centros Hipotecarios (inluídos los API`s): en el nivel A habrá un 10%, en el B, un 20% y en el C el 70% restante.
- Resto de centros (Urbanas, Rurales y Personal Banking): Se mantienen los actuales porcentajes en los niveles A (1%), B (5%), C (7%), D (13%), E (18%), F (22%), G (34%)
Complementos funcionales
- Se incrementan los importes de los complementos funcionales (ver complementos aquí)
- Se elimina la injusta compensación y absorción que se venía produciendo anteriormente, caso de que la categoría de la persona que ocupara el puesto de dirección o subdirección tuviese una categoría superior a la de la oficina. Esto era una demanda histórica que, por fin, conseguimos con la firma de este acuerdo.
- Para los nombramientos de 2º responsable de la oficina será necesaria, a partir de ahora, la aceptación de la persona propuesta (antes, te nombraban sí o sí).